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Idiomas: Español

Bases de datos de direcciones y mailing postal: lo que dice el RGPD

Ficha de normativa, actualizada el . Información general, no asesoramiento jurídico: los textos cambian, compruébelos en la fuente.

En resumen

1. ¿Quién es responsable de qué?

Fuente: https://www.cnil.fr/fr/reglement-europeen-protection-donnees/chapitre4

La CNIL da un ejemplo muy parecido: una empresa que envía cartas de prospección comercial a partir de las bases de datos de clientes de otras empresas es su encargado del tratamiento, en la medida en que trata los datos necesarios para el envío por cuenta de ellas y siguiendo sus instrucciones; sigue siendo responsable del tratamiento para la gestión de su propio personal y de sus propios clientes (CNIL, Guide du sous-traitant, edición de septiembre de 2017, recuadro «Exemple de qualification de sous-traitant et de responsable de traitement»). Fuente: https://www.cnil.fr/sites/default/files/atoms/files/rgpd-guide_sous-traitant-cnil.pdf

2. Base jurídica del mailing (por parte del cliente)

Atención: estas normas valen para el correo en papel. La prospección por correo electrónico o SMS se rige por otras normas (consentimiento previo en el caso de los particulares, Code des postes et des communications électroniques, el código francés de correos y comunicaciones electrónicas, artículo L. 34-5).

3. Información a los destinatarios

Contenido esencial: identidad del responsable, finalidad, base jurídica (y el interés legítimo perseguido), destinatarios, plazo de conservación, derechos (acceso, rectificación, oposición), derecho a presentar una reclamación ante la CNIL y, en el caso del artículo 14, el origen de los datos.

4. El contrato de encargo del tratamiento (artículo 28 del RGPD)

RGPD, artículo 28, apartado 3: el tratamiento por un encargado se rige por un contrato (por escrito, incluso en formato electrónico — apartado 9) que establece el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos, las categorías de interesados y los derechos y obligaciones del responsable. Estipula, en particular, que el encargado:

El encargado informa inmediatamente al responsable si considera que una instrucción infringe el RGPD (artículo 28, apartado 3, último párrafo).

Modelos: la CNIL remite a las cláusulas contractuales tipo adoptadas por la Comisión Europea el 4 de junio de 2021 (Decisión de Ejecución (UE) 2021/915); su guía del encargado del tratamiento (2017) propone también ejemplos de cláusulas. Fuentes: https://www.cnil.fr/sites/default/files/atoms/files/rgpd-guide_sous-traitant-cnil.pdf y https://www.cnil.fr/fr/securite-gerer-la-sous-traitance La página de la CNIL «Travailler avec un sous-traitant» (https://www.cnil.fr/fr/sous-traitant), consultada el 1 de noviembre de 2026, sigue ofreciendo la guía en su edición de septiembre de 2017; indica que el contrato puede basarse total o parcialmente en cláusulas contractuales tipo y remite a la página de la CNIL «Clauses contractuelles types entre responsable de traitement et sous-traitant»: https://www.cnil.fr/fr/clauses-contractuelles-types-entre-responsable-de-traitement-et-sous-traitant

5. Obligaciones propias de la imprenta / empresa de mailing

6. Sanciones

Multas administrativas de hasta 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocio total anual mundial, según las infracciones (RGPD, artículo 83); el encargado puede ser sancionado por sus propias infracciones.

Para la imprenta: lista de control

  1. Contrato o adenda conforme al artículo 28 firmado antes de recibir la base de datos.
  2. Base de datos recibida por un medio seguro y almacenada en un espacio de acceso restringido.
  3. Uso limitado al pedido (sin reutilización ni copia).
  4. Subencargados (empresa de mailing, taller de acabado) autorizados por escrito por el cliente.
  5. Supresión (o devolución) de la base de datos al final, dejando constancia.
  6. Registro de tratamientos como «encargado» actualizado.

Fuentes principales


Información general, no asesoramiento jurídico. Redactado el 1 de noviembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Es la imprenta responsable de la base de datos de direcciones?

El cliente que envía el mailing es el responsable del tratamiento; la imprenta o la empresa de mailing actúa en principio como encargado del tratamiento, siguiendo sus instrucciones.

¿Hace falta un contrato con el cliente?

Sí, un contrato por escrito conforme al artículo 28 del RGPD, firmado antes de recibir la base de datos.

¿Hace falta consentimiento para un mailing en papel?

No: la CNIL admite el interés legítimo si los interesados fueron informados en el momento de la recogida y pueden oponerse de forma sencilla y gratuita. El correo electrónico y el SMS se rigen por otras normas.

¿Qué hacer con la base de datos después del envío?

Suprimirla o devolverla, a elección del cliente, dejar constancia de ello y no reutilizarla.

Versión de texto : Markdown